TC declara en estado de fallo 10 expedientes de Acción Directa

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Publicación: Lunes 14 de Marzo , 2016 / 08:50 A. M.
TC declara en estado de fallo 10 expedientes de Acción Directa

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana declaró en estado de fallo 10 expedientes de Acción Directa de Inconstitucionalidad en sesión realizada en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia; encabezada por su   presidente, magistrado Milton Ray Guevara.

El presidente del TC señaló que se ponderará junto a la decisión del Pleno la solicitud de fusión de cuatro casos ventilados en la sesión, dos de ellos relativos a la Ley 140-15 que regula al notariado dominicano y al Colegio Dominicano de Notarios y los otros dos sobre la Ley número 248-64.

En el expediente TC-01-2015-0040, los accionantes, Cecilio Gómez Pérez, Ramón Pina Acevedo M., Francisco J. Benzán, Juan A. Molina Pichardo, Guido Barcácel Valenzuela, Blanca Molina Carrión, Raúl D’ Oleo Lantigua, Jesús María Hernández, Thania Báez Dorrejo, José Ramón Peña García, Nemencia Emilia Minier Ceballos, Livino Tavárez Paulino, Ycelso Nazario Prado Nicasio y Ana Hilda Novas Rivas actuaron contra los artículos 13, 16, 21 (párrafo IV), 51 y 66 de la Ley número 140-15.

En este caso, el Colegio Dominicano de Notarios, representado por Pedro Rodríguez Montero y Jaime Lazala, actuó como interviniente voluntario.

En el segundo caso, con el expediente TC-01-2016-0002, el Movimiento por la Dignidad y la Transparencia del Ejercicio de la Abogacía (MODTEA), representado por Milton Núñez y    objeta los artículos 18 (transitorio), 22,5, 22,6 y 22,7.

En ambos casos la norma atacada emanó del Senado y la Cámara de Diputados, representados por Santiago Merán Lebrón y la Cámara de Diputados por Jerry de Jesús Castillo. El Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito fue representado por el Procurador Adjunto Virgilio Peralta.

La alta corte dejó en estado de fallo el caso TC-01-2015-0041 en el que la Constructora Teddy, S.R.L. cuyo representante no asistió y objetaba la Ley número 6-86, que establece la especialización del 1% sobre el valor de todas las obras construidas en el territorio nacional, incluyendo las del Estado, para la creación de un fondo común de Servicios Sociales; Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores Sindicalizados del Area de la construcción y todas sus ramas afines, del 4 de marzo, de 1986.

También objetaban el decreto número 683, del 5 de agosto de 1986, que establece el Reglamento de Aplicación de la referida Ley. Los representantes de las autoridades de las cuales emanó la norma, Cámara de Diputados y Senado, solicitaron que el recurso sea declarado inadmisible y se mantenga la vigencia de la Ley.

El TC declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2015-0042, en el que los abogados Ramón Antonio Seasa y Héctor Santana, defensores Ángela María Aliés Cedano y Francisco Yanyore Mena objetaron el acápite C, párrafo II, del artículo 5 de la Ley número 491-08, del 19 de diciembre de 2008, que modifica la Ley número 3726 de 1953, sobre Procedimiento de Casación.

Solicitaron que se admita la acción y se declare la ley no conforme con la Constitución, mientras los representantes del Senado y la Cámara de Diputados abogaron para que se declare inadmisible en la forma por carecer de objeto y sustento.

Igualmente, el expediente: TC-01-2015-0043 se dejó en estado de fallo, en el que Víctor Virgilio Cedeño abogó para que se declare buena y valida la acción al representar a Ana María Herminia González Castillo, Jaime Antonio Adams Castillo, Rogelio Castillo, Carmen Altagracia Castillo Luca, Luisa Antonia Castillo Pion, María Adalgisa Castillo de Aza, Teodoro Castillo López, Juana Emilia Castillo Jiménez, Sandra Castillo y Luis Mariño Cedeño Despradel.

Los accionantes atacaron el artículo 37, numeral 38, de la Ley número 202-04, Sectorial de Áreas Protegidas, del 30 de julio de 2004; el artículo 34 de la Ley número 64-00, General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 8 de agosto de 2000 y el Decreto número 571-09, que crea varias áreas protegidas, del 7 de agosto de 2009.

Los representantes del Senado, la Cámara de Diputados  y el Poder Ejecutivo pidieron declarar inadmisible y rechazar la acción, mientras que como intervinientes voluntarios Ángel Contreras y Marisol Castillo, del Ministerio de Medio Ambiente, solicitaron el aplazamiento del conocimiento del caso.

Los jueces dejaron en estado de fallo el caso TC-01-2015-0044 en el que la Cámara Dominicana de Aseguradoras y Reaseguradoras, INC. (CADOAR), representada por Jesús Franco y Fabiola Medina, objetando el numeral 4 del artículo 6 de la Ley número 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, del 18 de agosto de 2006, modificado por la Ley número 449-06, del 6 de diciembre del mismo año.

El siguiente expediente, el TC-01-2015-0045 también se dejó en estado de fallo en el que Diego Andrés Teruel Espinal atacó el fragmento del artículo 157, numeral 2, de la Ley número 20-00, sobre Propiedad Industrial, del 18 de abril, de 2000.

La norma atacada emanó del Senado y la Cámara de Diputados, representadas por los juristas Meglis Gil y por Jerry de Jesús Castillo.

Se declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2015-0046, en el que Marcia Ventura y Urelsa Collado al representar a Raimundo Eduardo Álvarez Torres objetaron el artículo 17, de la Ley número 1306-bis, sobre el Divorcio, del 21 de mayo, de 1937.

Los accionantes pidieron se declare como buena y valida la acción y en el fondo declaren su inconstitucionalidad. La norma emanó del Senado y la Cámara de Diputados.

Los magistrados dejaron en estado de fallo los casos octavo y noveno, TC-01-2015-0047 y TC-01-2015-0048, ambos relativos a la Ley número 248-64, por lo que se solicitó fusionarlos. El presidente del TC, magistrado Ray Guevara, informó que se ponderará  la solicitud planteada.

En ambos casos se plantea traspasar a nombre del Instituto Agrario Dominicano (IAD) propiedades que están a nombre del Estado. Los accionantes son Miguel Romero y Rosa Féliz Romero.

Imágenes del evento

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