TC declara en estado de fallo 10 expedientes de Acción Directa en Inconstitucionalidad. Un caso fue declarado de urgencia.

Compartir:
Publicación: Miércoles 10 de Febrero , 2016 / 09:59 A. M.
TC declara en estado de fallo 10 expedientes de Acción Directa en Inconstitucionalidad. Un caso fue declarado de urgencia.

Con una audiencia pública que colmó la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Constitucional de República Dominicana (TC) falló 10 expedientes de acción directa en inconstitucionalidad, uno de ellos declarado de urgencia por estar relacionado con el período electoral.

El presidente de la alta corte, magistrado Milton Ray Guevara, en momentos en que se conocía un expediente relativo a las tarifas de los abogados notarios, apeló al correcto comportamiento de los presentes en la Sala, aclarando que los jueces no aceptarían presiones ni alteraciones.

La observación se debió a que decenas de abogados notarios y alguaciles presentes,  se mantenían de pie, mostraron signos de malestar cuando una de las partes exponía sus conclusiones. El magistrado Ray Guevara invitó a los asistentes a sentarse para continuar el rol de audiencias.

El expediente relativo al caso de las tarifas de los notarios, el TC-01-2015-0037 quedó en estado de fallo, luego de que expusieran como accionantes la Asociación de Bancos Comerciales (ABA); la Asociación de Bancos de Ahorro, Crédito, las Corporaciones de Crédito (ABANCORD) y Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos (LIDAAPI), que objetan los Artículos 13, 16 parte capital, 19 parte infine, 23, 26.4, 28.8, 51.2, 51.3, 53, parte capital, 57.4, 58.5 y 66 de la Ley número 140-15, del 7 de agosto, 2015, que regula el régimen de tarifas de los notarios e instituye el Colegio Dominicano de Notarios.

Los accionantes fueron representados por Francisco Álvarez Valdez, quien propuso declarar como buena y valida la acción en cuanto a la forma  y acogerla en cuanto al fondo, por entender que dicha ley no está conforme con la Constitución y deben ser anulados varios de sus artículos.

La norma emanó del Senado y Cámara de Diputados de la República, que fueron representadas, la Cámara Baja, por el jurista Jerry de Jesús Castillo, mientras que la Alta fue asistida por Santana Meran y Manuel Galván. Como intervinientes participó el Colegio Dominicano de Notarios; representado por Pedro de Jesús Montero y Nelson Santana Artilles,  quienes expresaron que el TC debe declarar su incompetencia sobre el tema y que el proceso se lleve a los tribunales ordinarios.

Pidieron declarar inadmisible la acción, porque supuestamente los accionantes carecen de poder legítimo y que se rechace por considerar razonable la nueva tarifa de los notarios.

Declararon, además los licenciados Teófilo Rosario Martínez, Jesús María Hernández y el doctor Livino Tavares Paulino, a quienes se unieron en representación de la Asociación de Alguaciles,  Welsy Wilkison Medina y Alfredo Antonio García quienes abogaron por el rechazo de la acción.

El caso TC-01-2015-0036, fue declarado de urgencia y  en estado de fallo por la premura del período de elecciones. El Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP) atacó la Resolución número 05/2015, de 5 de febrero de 2015, sobre votación en los Distritos Municipales para las elecciones del 15 de mayo de 2016. Julissa Díaz, Julián García, María Polanco y Miguel Rolando Fernández, representaron al MIUP, pidiendo entre otras cosas la nulidad parcial de la medida.

La norma emanó de la Junta Central Electoral, que fue representada por Pedro Reyes Calderon, Otoniel Bonilla y José Pérez Vólquez en nombre de Roberto Rosario Márquez, presidente de la JCE.

El Pleno de jueces también dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2014-0012 en el que Julio César Martín Guzmán, ausente en la audiencia, atacó los Artículos 80, 81 y 82 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional número 96-04 y la Orden General número 072-2010, de 17 de septiembre de 2010, dictada por la Jefatura de la institución del orden, que fue representada por Pedro Eugenio Cordero Abrí.

Se conoció y quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2015-0031 figurando como accionantes las Administradoras de Riesgos de Salud Universal, S.A., Humano, S.A., Palic Salud, S.A., Monumental, S.A., Yunén, S. A., Constitución, S. A. y ARS Servicios de Igualas Médicas Dr. Abel González, S.A., las cuales objetan el párrafo II del Artículo 14 de la Ley número 123-15, que crea el Servicio Nacional de Salud (SENASA).

Las 7 ARS accionantes fueron representadas por Reinaldo Ramos, Elsy Rodríguez y Olivo Rodríguez Huerta, quienes solicitaron declarar no conforme con la Constitución el párrafo objetado del artículo 14 de dicha Ley, a lo que se opusieron los representantes del Senado y la Cámara de Diputados, Megly Gil, Adelfa Mackiny y Manuel Galván por la Cámara Alta y Jerry de Jesús Castillo por la Baja.

Los magistrados declararon el expediente TC-01-2015-0032 en estado de fallo, con el mismo el ex general Francisco Antonio Pérez Vásquez, objetó la Orden General Número 043-2007, del 17 de agosto, 2007, emanada de la jefatura de la uniformada.

El accionante fue representado por Simón Amable Montilla y Simón Valenzuela de los Santos, quienes reclamaron que el ex oficial sea reintegrado al servicio activo y se le reconozcan los más de 8 años que lleva fuera de la Policía Nacional, que fue representada  por Pedro Eugenio Cordero Ubrí.

Quedó en estado de fallo el expediente: TC-01-2015-0033, en el que estuvieron ausentes los accionantes Escolástica Martínez, Víctor Manuel González, Lina Rodríguez Mosquea y Linares & Balbuena, S.R.L. quienes objetan el artículo 13 de la Ley número 344 del 29 de julio de 1943; artículos 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del Decreto número 343-13, de fecha 10 de diciembre de 2013 y el Oficio 0293/2015 del 24 de agosto, 2015, del Abogado del Estado, ante la Jurisdicción Inmobiliaria del Departamento Noreste, representada por Eunice Mercedes Ledesma.

Los jueces de la alta corte dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2015-0034, en el que estuvo ausente el accionante, Yorkis Severino Alberto, que objetó la Resolución número 01233, del 30 de junio de, 2014, emitida por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Judicial de Monte Plata.

En otro caso, concedieron tres días de plazo a las partes en conflicto en el expediente TC-01-2015-0035, en el que Farma Value RD, S.R.L. representada por Rafael Américo Bello, Franklin Ovalle y Angel Delgado Malagón, atacó los Artículos 4.18 y 8.5.1.1., de las normas para la habilitación de los establecimientos farmacéuticos, dictada por el Ministerio de Salud Pública, en agosto de 2012 y el párrafo del artículo 177 del Decreto número 246-06, del Reglamento de la Ley General de Salud, que regula la fabricación, elaboración, control de calidad, suministro, circulación, distribución, comercialización, información, publicidad, importación, almacenamiento, dispensación, evaluación, registro y donación de los medicamentos.

El penúltimo expediente TC-01-2015-0038 se dejó en estado de fallo y la Asociación Dominicana de Abogados Laboralistas Inc., (ADAL) atacó la Resolución número 17-15, del 3 de agosto, 2015. Washington Vanderpool, Domingo Antonio Polanco y Carlos Castillo Gómez representaron a los accionantes y el Consejo del Poder Judicial de la República Dominicana, de donde emanó la norma, fue representado por Gilberto Marcelo de la Cruz.

El TC declaró en estado de fallo el TC-01-2015-0039 en el que la firma Gerdau Metaldom, S.A., representada por Julián Vargas, Carlos Morales y José Antonio Vargas, atacó la Resolución número 007-2015, del 15 de junio 2015, emitida por la Junta Municipal de La Guáyiga, que no se hizo representar. Con este caso los jueces cerraron la audiencia.

Imágenes del evento

audiencia_082016_01_241017.jpg audiencia_082016_02_241017.jpg audiencia_082016_03_241017.jpg audiencia_082016_04_241017.jpg