TC conoce diez expedientes de acción directa

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Publicación: Miércoles 07 de Septiembre , 2016 / 10:46 A. M.
TC conoce diez expedientes de acción directa

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TC) dejo en estado de fallo 9 expedientes de acción directa de inconstitucionalidad y dio plazo a un caso al sesionar en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, (SCJ) este viernes 2 de septiembre del año en curso.

El presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, explicó que transcurridos 5 días calendario considerará en estado de fallo el décimo expediente: TC-01-2016-0028 en el que la Fundación de Militares Constitucionalistas del 24 de abril de 1965, Inc. atacó los Decretos números 236-10 y 237-10, ambos del 22 de abril de 2010 y cuyos actos atacados emanaron del Poder Ejecutivo. Los representantes del accionante, Andrés Rey Fortunato, Abel Rodríguez del Orbe, Modesto del Rosario, Francisco Sedano y Juan Evangelista Beato, pidieron diez días de plazo para ampliar su dispositivo justificativo y el procurador adjunto, representante del procurador general de la República, Virgilio Peralta opinó que la acción debe ser declarada inadmisible por que el acto interpretado no cumple las características del proceso.

La alta corte declaró en estado de fallo el expediente: TC-01-2015-0050 en el que la abogada Nelly Turbides García representó a la accionante Nancy Alejandrina Suazo de Bonó, quien objetó la Sentencia número 17, del día 18 de febrero de 2015, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Sustentó que viola varios artículos de la Constitución. El procurador Adjunto, Virgilio Peralta propuso que se declare la acción inadmisible.

El TC dejó en estado de fallo el expediente: TC-01-2016-0018 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Azucarera y afines de la República Dominicana, la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción, Madera y Materiales Afines, la Asociación Nacional de Técnicos, Inspectores y Profesionales del Seguro Social; y la Federación Nacional de Trabajadores Dominicanos de Zonas Francas, Industria, Comercio y Servicios atacaron el Artículo 5 de la Ley número 123-15 que crea el Servicio Nacional de Salud. Les representaron Robert Martínez, Rafael Santos, Orlando Camacho, quienes pidieron se declare inconstitucional por violar otros artículos de la Carta Magna (art. 6, 112). La norma atacada emanó del Senado de la República, representado por Gemely Domínguez y Héctor Severino Fabían, que dejaron a la apreciación del Tribunal, y lo propio hicieron al representar a la Cámara de Diputados de la República Dominicana, Jerry de Jesús Castillo y Tirso Ramírez Ramírez, de su lado, Virgilio Peralta de la Procuraduría , opinó que la acción debe ser denegada.

Asimismo, se dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2016-0019 en el que Jhordin Raulin Toribio Santos, representada por Giselle de León, accionó contra el Artículo 229 numerales 3, 4, 5, 6 y 8 de la Ley número 10-15 que introduce modificaciones a la Ley número 76-02 que establece el Código Procesal Penal y la Resolución número 611-2016-smdc-00050, dictada por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente adscrita al Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Montecristi, el día 22 de febrero de 2016. Ante el cuestionamiento del Presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, de si actuaba en nombre del Colectivo de Defensoría Pública, respondió que lo hacía en beneficio exclusivo del accionante.

La norma y el acto atacados emanaron del Senado y Cámara de Diputados de la República Dominicana; y la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente adscrita al Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Montecristi; el procurador Virgilio Peralta opinó que la acción en cuanto al fondo debe ser denegada.

Fue declarado en estado de fallo el expediente: TC-01-2016-0021 en el que estuvieron ausentes los representantes del Consejo de Regidores del Distrito Municipal de la Caleta y los señores Cecilio Fernández, Salustiano Castillo, Héctor Gómez, Miguel Ramírez y Tania Russel, quienes atacaron la Resolución número 19/15 del día 20 de julio de 2015, emitida por la Alcaldía del Municipio de Boca Chica, donde se aprueba el proyecto de estación de servicio de gasolina, Sigma Petroleum, Corp., SRL. El procurador adjunto, Virgilio Peralta opinó que se declare inadmisible por haberse ejercido en contra de acción administrativa calificándola improcedente porque es de alcance general.

En tanto se dejó en estado de fallo el quinto expediente: TC-01-2016-0022, Luz Mary Víctoria Guzmán y Federico Mejía Sarmiento representaron a la accionante Arlenny A. Báez Báez y Federico A. Mejía Sarmiento, quienes  atacaron la Sentencia s/n, dictada por la Suprema Corte de Justicia el 14 de mayo de 2016 y el Artículo 5, párrafo II, acápite c), de la Ley número 491-08 del 14 de octubre del 2008, que modifica los artículos 5, 12 y 20 de la Ley número 3726 de 1953, sobre procedimiento de Casación. Emanaron el acto y la norma atacados de la Suprema Corte de Justicia, Senado y Cámara de Diputados.

Los representantes de la Cámara Baja externaron que admita en cuanto a la forma y declara inadmisible la acción sustentando que  el TC se pronunció en un fallo sobre el texto en cuestión en la Sentencia TC489-2015 y Meglys Gil y Gemely Domínguez del Senado dejaron a la apreciación de la alta corte, mientras que el representante del procurador opinó que se debe declarar inadmisible por haber sido decidido su objeto previamente por el Pleno del TC y sustentó que debe configurarse la excepción de la cosa considerada constitucional .

Asimismo, se declaró en estado de fallo el expediente: TC-01-2016-0023 la empresa Butano Propano Industrial, S.A. que atacó los Artículos número 17, 23, 31, 42, 112 y 117 de la Ley número 358-05, General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, del 9 de septiembre de 2005, les representaron Rita Pilar Soriano y Benjamín Rodríguez, solicitaron declarar la acción conforme con la Constitución y la norma atacada emanó del Senado y la Cámara de Diputados de la República Dominicana. Solicitaron ratificar en todas sus partes la ley indicada. Para el procurador adjunto el TC debe declarar sentencia interpretativa de conformidad de su ley orgánica. 

El séptimo expediente TC-01-2016-0024 se dejó en estado de fallo y actuaron las Asociaciones Unidas de la Sierra, Inc. (ASUDELASI); la Cámara Forestal Dominicana, INC.; señores Fermín Francisco Ureña Ureña, Juan Gilberto Torres Herrera, Margarita Altagracia Betances Domínguez, Ramón Mauricio Herrera Pérez, Hipólito de Jesús Herrera López, María del Carmen Espinal Collado, José Alberto Peralta, Ramón Antonio Leclerc Rodríguez, Juan Antonio López y Eladio Simeón Torres Herrera atacaron el Decreto número 371-11 del 13 de junio de 2011, les representó Michel Montes, Rita Soriano y Benjamín Rodríguez. Declarar no conforme con la Constitución el referido decreto emanado del Poder Ejecutivo y al representarle el procurador adjunto consideró que la acción debe ser denegada.

El Tribunal Constitucional ventiló y dejó en estado de fallo el caso: TC-01-2016-0025 en el que Juan Francisco Hernán Guzmán representó a René Marcos Bienvenido Alfonso Tejada, quien atacó la Sentencia número 193-2014, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, del 18 de septiembre de 2014. Piden declarar inconstitucional porque vulnera derechos fundamentales del accionante. El acto atacado emanó de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, del 18 de septiembre del 2014. El procurador Virgilio Peralta opinó que debe declararse inadmisible.

El TC declaró en estado de fallo el expediente: TC-01-2016-0027 y conocer la medida precautoria solicitada por José Ernesto Pérez Montés y Geovanny  Francisco Morillo Susana al representar a Geanina Vanessa García Susana, madre de un menor, quien atacó el Artículo 78 literal “o”, de la Ley número 66-97, la Ley General de Educación y los Artículos 51, 68, 69 y 70 de la Ordenanza número 1-96, del 17 de diciembre de 1996, que establece el sistema de evaluación del currículum de la educación inicial, básica, media, especial y de adultos, emitida por la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos. La norma y el acto atacados emanaron del Senado y Cámara de Diputados de la República Dominicana; los representantes de ambos dejaron a la apreciación de la alta corte y Ministerio de Educación de la República Dominicana, representada por Gilbert Marcelo de la Cruz, Juan Manuel Bergés que se rechace la acción por mal fundada. Virgilio Peralta deja apreciación del organismo la inadmisibilidad de la acción y en cuanto al fondo que debe ser denegado, por lo sustentado en sus escritos ampliatorios.

Además del magistrado Ray Guevara la sesión del pleno estuvo integrada por los magistrados, Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta del presidente, Katia Miguelina Jiménez, Hermónges Acosta de los Santos, Wilson Gómez Ramírez, Jottin Cury David, Justo Pedro Castellanos Pizano, Rafael Diaz Filpo, Víctor Joaquín Castellanos Pizano e Idelfonso Reyes.