SANTO DOMINGO.- La doctora Wendy Soraya Martínez Mejía, quien analizó la “Responsabilidad penal por la comisión de daños al medio ambiente” opinó que, dada la escasa actividad judicial en el juzgamiento de actos ilícitos ambientales en la República Dominicana, es necesario repensar el rol del derecho penal en la protección del medio ambiente y los recursos naturales.
La jueza planteó sus conclusiones al participar en el webinario titulado “Seminario Internacional sobre la Efectividad de la Protección Ambiental a través del Derecho Público, Análisis Comparativo España y República Dominicana”, evento organizado por el Tribunal Constitucional en coordinación con el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de España y la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
Dijo que este tema debe incluir las nuevas problemáticas ambientales como cambio climático, derecho de agua potable, energías renovables, la necesidad de transición de un derecho ambiental preventivo hacia un derecho ambiental en que el principio precautorio tome mayor importancia, y la revisión integral del régimen de sanciones, con miras a garantizar el carácter subsidiario del derecho penal y su redefinición, a fin de lograr la prevención o intimidación, como finalidad de la pena.
Además, propuso la redefinición de la construcción de las infracciones y las sanciones “desde la óptica de los principios precautorios, pro natura y quien contamina paga”, así como repensar la preeminencia de un sistema de justicia restaurativa ambiental que retome el enfoque sistémico que inspiró la Ley 64-00.
La magistrada explicó que el derecho penal ambiental es una rama dentro del derecho ambiental, cuyas raíces datan de los años ‘50 del siglo XX, como respuesta a la exigencia de la comunidad internacional respecto a las naciones que la integran, del cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos para la preservación del medio ambiente.
En su ponencia, la especialista con más de 25 años de ejercicio profesional y el derecho ambiental, hizo un recorrido por el derecho ambiental dominicano en toda su extensión, resaltando detalles importantes, además del desarrollo de esta rama social del derecho y explicó cómo pudo haberse estancado desde el año 2000 con la promulgación de la Ley 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.
La jueza planteó sus conclusiones al participar en el webinario titulado “Seminario Internacional sobre la Efectividad de la Protección Ambiental a través del Derecho Público, Análisis Comparativo España y República Dominicana”, evento organizado por el Tribunal Constitucional en coordinación con el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de España y la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
Dijo que este tema debe incluir las nuevas problemáticas ambientales como cambio climático, derecho de agua potable, energías renovables, la necesidad de transición de un derecho ambiental preventivo hacia un derecho ambiental en que el principio precautorio tome mayor importancia, y la revisión integral del régimen de sanciones, con miras a garantizar el carácter subsidiario del derecho penal y su redefinición, a fin de lograr la prevención o intimidación, como finalidad de la pena.
Además, propuso la redefinición de la construcción de las infracciones y las sanciones “desde la óptica de los principios precautorios, pro natura y quien contamina paga”, así como repensar la preeminencia de un sistema de justicia restaurativa ambiental que retome el enfoque sistémico que inspiró la Ley 64-00.
La magistrada explicó que el derecho penal ambiental es una rama dentro del derecho ambiental, cuyas raíces datan de los años ‘50 del siglo XX, como respuesta a la exigencia de la comunidad internacional respecto a las naciones que la integran, del cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos para la preservación del medio ambiente.
En su ponencia, la especialista con más de 25 años de ejercicio profesional y el derecho ambiental, hizo un recorrido por el derecho ambiental dominicano en toda su extensión, resaltando detalles importantes, además del desarrollo de esta rama social del derecho y explicó cómo pudo haberse estancado desde el año 2000 con la promulgación de la Ley 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.