Pleno TC declara en estado de fallo 7 expedientes; otorga plazo en uno de ellos

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Publicación: Lunes 31 de Octubre , 2016 / 09:36 A. M.
Pleno TC declara en estado de fallo 7 expedientes; otorga plazo en uno de ellos

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TC) dejó en estado de fallo siete expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, concediendo plazo en uno de los casos ventilados en las audiencias públicas realizadas en las que, tres de ellos objetaron numerosos artículos y numerales de la Ley número 590-16, orgánica de la Policía Nacional.

La sesión fue encabezada por la magistrada Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta, en funciones de presidenta, quien, ante la solicitud de fusión de los casos relativos a la ley de Policía Nacional, decidió junto a los miembros del Pleno reservarse la decisión para el momento de la emisión de la sentencia, conforme al artículo 47 de la Ley 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional; quedando en estado de fallo el  expediente TC-01-2016-0039, con el que el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), representando su presidente, Miguel Surum Hernández, accionó sobre 40 artículos y ocho numerales de la Ley número 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, del 15 de julio de este año, sustentando la vulneración de los derechos fundamentales y principios de la Constitución. La norma atacada emanó del Senado y la Cámara de Diputados que estuvieron representadas por Meglis Gil, Adelpha Mckinney y Jerry de Jesús Castillo, respectivamente. Por la Procuraduría General de la República actuó Virgilio Peralta de la Cruz, quien consideró que debe ser denegada la acción por no comprobarse violación a la carta magna.

La alta corte dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2016-0041, con el que el capitán de la Policía Nacional Ambioris Arno Contreras, representado por Freddy Mateo Calderón, atacó varios artículos y numerales de la Ley 590-16, orgánica de esa institución. También fallaron el expediente TC-01-2016-0045 en el que Héctor Rubirosa García, José Oriol Rodríguez y Alan M. Rodríguez Suero, además de los señores Bismarck Bautista Sánchez y Julio C. Morales Martínez, representados por Cándido Rodríguez, atacaron los artículos 86, 102, 104-11, 153-9-20 y 27, 154-10-12 y 20 de dicha Ley.

Asimismo se dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2016-0044 en que Idelfonso Rodríguez, representó la Federación Dominicana de Comerciantes, INC., la Cámara Dominicana de Empresarios Comerciales, (CADECO); la Asociación de Importadores y Distribuidores de Equipos, Repuestos y Accesorios Electrónicos, (ASIDERAE) y Música del Cibao, S.A. objetaron diversos artículos de la Ley número 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales; la Ley número 287-04, sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que producen Contaminación Sonora; artículo 154.5 de la Ley número 42-01 General de Salud y la Norma Ambiental para la Protección contra Ruidos NA-RU-001-03 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, normas y acto emanados del Senado y la Cámara de Diputados, así como también de la cartera oficial citada, que fue representada por Ignacio Susaña Ovalle. 

En ese caso, la Cámara de Diputados se hizo representa por Jerry de Jesús Castillo, quien sustentó que se debe rechazarse la acción por carecer de fundamento y las representantes del Senado dejaron a la soberana apreciación del Tribunal, mientras la Procuraduría favoreció que acción sea denegada por no comprobar violaciones a la Constitución.

La alta corte dio tres día de plazo, tras los cuales se declara en estado de fallo el expediente TC-01-2016-0042, en el que Feliz Hiciano, Danny Hernández y Breinlyn Hiciano, representados por María  Lavandier, accionaron sobre la Resolución número 77/2016 de la Junta Central Electoral, acerca de la proclamación de candidatos electos a senadores y diputados para el período 2016-2020, del 30 de junio de 2016 y los certificados de elección otorgados el órgano comicial a los señores Mercedes Ortiz Diloné y Andreina Español, electas alcaldesas municipales; Luis Rene Canaán Rojas, senador, Afif Nazario Risek Camilo e Isidro Rosario como diputados. Amaury Uribe, Elías Geraldino y Pedro  Calderón, representaron a la Junta Central Electoral.  El Procurador Adjunto, Peralta de la Cruz, sustentó que debe declararse inadmisible por tratarse actos administrativos con efecto de ley de particulares y por tanto no están sujetos al control concentrado de inconstitucionalidad. 

El TC declaró en estado de fallo el expediente: TC-01-2016-0040, Cristian Andrés Germosén Gómez, representado por Lucas Mejía, actuó contra la Resolución número 3462-2013, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el 2 de octubre del 2013 para que se declare inconstitucional. El Procurador Adjunto consideró que se debe declarar la acción inadmisible por no ser el acto accionado uno de los establecidos como objeto de enunciamiento del control concentrando de inconstitucionalidad.

En la sesión también quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2016-0043 en el que AES Andrés, BV., atacó el Ordinal tercero de la Resolución número 04-2012, emitida por el Concejo de Regidores de la Alcaldía de Boca Chica, el primero de marzo del 2012.  No acudieron los representantes de los demandantes, ni los demandados, pero el caso fue fallado, en atención al artículo 43 de la ley 137-11, que indica que la no comparecencia de las partes no impide que se conozca y se falle el caso. 

Las audiencias se desarrollaron este viernes 28 de octubre, en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia y además de la magistrada Piña Medrano participaron los jueces del TC: Víctor Gómez Bergés, Justo Pedro Castellanos Khoury, Rafael Díaz Filpo, Wilson Gómez Ramírez, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Ana Isabel Bonilla, Hermógenes Acosta de los Santos y Jottin Cury David.

DEPARTAMENTO DE PRENSA
28 de noviembre de 2016

Imágenes del evento

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