Pleno del TC decidió sobre veintiséis expedientes, diez de ellos relativos a recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional

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Publicación: Sábado 20 de Marzo , 2021 / 07:17 A. M.
Pleno del TC decidió sobre veintiséis expedientes, diez de ellos relativos a recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional

Las juezas y jueces también decidieron expedientes sobre recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo, acción directa de inconstitucionalidad y solicitud de liquidación de astreinte, entre otros

SANTO DOMINGO.- El Pleno de jueces del Tribunal Constitucional (TC) conoció y decidió veintiséis expedientes durante las sesiones virtuales celebrada esta semana, diez correspondientes al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, siete sobre recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo, cuatro sobre acción directa de inconstitucionalidad, un expediente sobre corrección de error material, uno sobre acción de amparo, uno sobre solicitud de liquidación de astreinte y uno sobre control preventivo de constitucionalidad.

El magistrado Milton Ray Guevara, presidente del TC, encabezó las sesiones en que se decidieron los expedientes TC-04-2020-0036, TC-04-2020-0028, TC-04-2019-0097, TC-04-2020-0090, TC-04-2021-0013, TC-04-2016-0100, TC-04-2015-0131, TC-04-2015-0296 y TC-04-2020-0108, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional.

Así también se conocieron los expedientes TC-05-2019-0177, TC-05-2019-0137, TC-05-2020-0057, TC-05-2020-0037, TC-05-2013-0021, TC-05-2019-0290 y TC-05-2020-0144, relativos al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo; los expedientes. TC-01-2019-0006, TC-01-2020-0019, TC-01-2013-0061, TC-01-2014-0006, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad.

También se conocieron los expedientes TC-07-2020-0021, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia; TC-10-2020-0004, sobre la corrección de error material; TC-06-2020-0045, relativo a la acción de amparo; TC-12-2020-0005, sobre la solicitud de liquidación de astreinte; y TC-02-2019-0018, relativo al control preventivo de constitucionalidad.

En cuanto al expediente TC-04-2020-0036, por Pedro Alcántara Santos y Santiler Rosario Hidalgo, contra la Sentencia 809, de fecha 28 de noviembre de 2018, por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, en el que la decisión adoptada fue rechazar el recurso, y confirmar la sentencia atacada. 

Con respecto al expediente TC-04-2020-0028, incoado por el Banco Múltiple BHD León S. A., contra la Sentencia 83, de fecha 1 de mayo de 2019, por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, la decisión es rechazar el recurso y confirmar la sentencia atacada.  

Respecto del expediente TC-04-2019-0097, incoado por Fabio María García de León y Elena Morel Alejo, contra la Sentencia 2177, de fecha 30 de noviembre de 2017, por la Primera Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, la decisión fue rechazar el recurso y confirmar la sentencia recurrida.  

Sobre el expediente TC-04-2020-0090, interpuesto por Aníbal Arturo Stefani Camarena contra la Sentencia TSE-514-2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral el 17 de abril del 2020, la decisión fue inadmitirlo.  

Con relación al expediente TC-04-2021-0013, relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos José Bruno contra la Sentencia 001-022-2020-SSEN-00207, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el 28 de febrero de 2020, la decisión fue admitir en cuanto a la forma, rechazar en cuanto al fondo, y, por lo tanto, confirmar la decisión recurrida.  

En lo que refiere al expediente TC-04-2016-0100, interpuesto por Celeste Peña García, contra de la Sentencia 1025, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el 21 de octubre de 2015, la decisión del Pleno fue inadmitirlo.  

Con respecto del expediente TC-04-2015-0131, incoado por Orlando Cristian Duarte Garrido contra la Sentencia 552 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 15 de octubre de 2014, se decidió inadmitir.  

Tocante al expediente TC-04-2016-0207, interpusto por Félix Reinoso contra la Sentencia 743 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 29 de julio de 2015 la decisión adoptada fue inadmitirlo.  

En lo que concierne al expediente TC-04-2015-0296, incoado por Modesto Melo Rojas contra la Sentencia 406 dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, Municipio Santo Domingo Este, el 21 de noviembre de 2014, se decidió inadmitir.  

En relación al expediente TC-04-2020-0108 interpuesto por José Guillermo Martínez Untarte, Reynaldo Sánchez y Pedro Ignacio Pérez Almonte contra la Sentencia TSE-123-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral el 13 de diciembre del año 2019, se decidió inadmitir.   

En lo que respecta al expediente TC-05-2019-0177, incoado por Luisanna Evelina Grullón Hernández contra la Sentencia 0049-2019-SSEN-00018, dictada por el Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional el 12 de junio de 2019, la decisión adoptada fue acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y acoger la acción de amparo. 

Acerca del expediente TC-05-2019-0137, interpuesto por la Cooperativa Agropecuaria Sebastino Brito, contra la Ordenanza 0322-2018-SORD-022, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana el 20 de julio de 2018, la decisión adoptada fue acoger el recurso, revocar la sentencia impugnada y declarar inadmisible la acción de amparo. 

Visto el expediente TC-05-2020-0057, incoado por Massiel Javier Almonte y la razón social Sophistiquée, S. R. L., contra la Sentencia 042-2019-SSEN-00196, de fecha 27 de diciembre de 2019, por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, se decidió rechazar el recurso y confirmar la sentencia. 

En cuanto al expediente TC-05-2020-0037, interpuesto por el Banco Agrícola de la República Dominicana contra la Sentencia 369-2019-SSEN-00114, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el 1 de julio de 2019, se decidió acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y declarar inadmisible la acción de amparo. 

Relativo al expediente TC-05-2013-0021, incoado por la Junta Central Electoral contra la Sentencia 497-12, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís el 27 de agosto de 2012, la decisión fue acoger el recurso, revocar la sentencia, acoger la acción de amparo de que se trata y ordenar a la Junta Central Electoral la expedición solicitada.

En cuanto al expediente TC-05-2019-0290, interpuesto por Jairo Doné de la Cruz, contra la Sentencia TSE-077-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral en fecha 21 de octubre de 2019, se decidió declarar inadmisible el recurso. 

Concerniente al expediente TC-05-2020-0144, incoado por Johanny Sirett Sandoval contra la Sentencia 0030-02-2019-SSEN-00362, del 21 de noviembre de 2019, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, la decisión adoptada fue admitirlo, revocar la decisión recurrida y declarar procedente la acción de amparo de cumplimiento.  

En relación con el expediente TC-01-2019-0006, interpuesto por José Bernabe Quiterio, Richard Lisandro Hernández Pimentel, Willian Rafael Espinal Fernández, Harold Steven Rodríguez, Heriberto de la Cruz Pérez y Roy Antony Aquino Ramírez, contra los artículos 1 y 3 de la Ley 16-19 que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados, se decidió rechazar la acción y declarar las normas atacadas conformes con la Constitución. 

Con relación al expediente TC-01-2020-0019, incoado por Alberto Antonio Toribio Alcequiez y Emilio José Bautista Recio, contra el artículo 151 de la Ley 76-02, que instituye el Código Procesal Penal, la decisión fue rechazar la acción de que se trata. 

En lo que respecta al expediente TC-01-2013-0061, interpuesto por Rincón Largo, C. por A. contra el Oficio 3795, emitido por el administrador de la Lotería Nacional el 24 de julio de 1986, se decidió inadmitir la acción de que se trata. 

Sobre el expediente TC-01-2014-0006, incoado por Sergio T. Victoria Fontana contra la Orden General 19-2011, emitida por la Jefatura de la Policía Nacional el 15 de marzo de 2011, la decisión adoptada fue inadmitir la acción. 

Referente al expediente TC-07-2020-0021, interpuesto por Juan Evangelista Sánchez Estrella y Federico Antonio Cabrera González, contra la Sentencia 90-2019, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el 10 de julio de 2019, la decisión fue declarar inadmisible la solicitud de que se trata.  

Tocante al expediente TC-10-2020-0004 sobre la corrección de error material de la Sentencia TC/0612/19, dictada el 26 de diciembre de 2019, relativa al control preventivo de constitucionalidad de la “Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático”, intervenido entre el Gobierno de la República Dominicana y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), aprobada en París el 2 de noviembre de 2001, la decisión fue acoger la indicada solicitud y ordenar la rectificación.  

En relación con el expediente TC-06-2020-0045, interpuesto Pedro José Heyaime R., contra la Secretaría General del Tribunal Superior de Tierras, se decidió la incompetencia del Tribunal Constitucional, así como determinar que la jurisdicción competente es el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de San Juan de la Maguana, y ordenar la remisión del expediente a dicha jurisdicción. 

Con respecto al expediente TC-12-2020-0005, incoado por Juan Carlos de León Guillén, como consecuencia de la Sentencia TC/0068/19, del 17 de mayo del 2019, dictada por el Tribunal Constitucional contra la Armada de la República Dominicana, la decisión fue acoger la solicitud de que se trata.  

Finalmente, sobre el expediente TC-02-2019-0018, relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo de transporte aéreo entre el Reino de los Países Bajos, respecto a San Martín, y la República Dominicana respecto al transporte aéreo entre y más allá de sus respectivos territorios”, suscrito en la ciudad de Santo Domingo el 13 de mayo de 2019, lo decidido fue declarar conforme el indicado acuerdo. 

El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situación causada por la pandemia de COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estará sesionando igualmente. El TC informó que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicación de los comunicados sobre adopción de decisiones que seguirán siendo emitidos, conforme la normativa institucional.