Magistrado Díaz Filpo dicta conferencia sobre la constitucionalización del derecho penal

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Publicación: Lunes 18 de Diciembre , 2023 / 10:32 A. M.
Magistrado Díaz Filpo dicta conferencia sobre la constitucionalización del derecho penal

La disertación del primer sustituto del presidente del TC fue organizado por la Asociación de Abogados de Las Terrenas

 LAS TERRENAS, Samaná.  El magistrado Rafael Díaz Filpo, primer sustituto del presidente del Tribunal Constitucional (TC), dictó en este municipio la conferencia magistral «La constitucionalización del derecho penal y derecho procesal penal», en la que precisó que, en la actualidad, las cartas magnas son verdaderas fuentes de derecho, por lo que el derecho penal debe observar las normas, principios y reglas constitucionales.

«Si la carta sustantiva es norma de normas, creemos que todo el derecho, y en especial el derecho procesal penal y el derecho penal, debe estar sometido a los preceptos constitucionales», afirmó durante el evento organizado por la Asociación de Abogados de Las Terrenas.

El magistrado explicó que la constitucionalización del derecho es el fenómeno jurídico donde al que el ordenamiento legal de cualquier país debe estar regido en su interpretación y aplicación por la Constitución.

«Esto quiere decir que la norma primaria que debe regular en forma obligatoria el derecho del país es la Constitución, puesto que ella no es, como decía el revolucionario y defensor de la revolución estadounidense del año 1776 y de los derechos del hombre Patrick Henry, un instrumento del gobierno para controlar al pueblo, sino todo lo contrario, es una herramienta del pueblo para controlar», expuso.

Díaz Filpo indicó que anteriormente el derecho común era el derecho civil y que fue en Alemania, luego de la Segunda Guerra Mundial,  donde por primera vez se habló sobre la necesidad de que la Constitución influyera en todo el ordenamiento jurídico, con la finalidad de que las normas constitucionales se convirtieran en normas obligatorias.

«La diferencia entre un ordenamiento “constitucionalizado” y otro que no lo está consiste en que en el segundo la Constitución no tiene un carácter normativo; en el primero, en cambio, resulta ser un “orden fundamental” que impone realizar determinadas acciones y no solo limitaciones al Estado, sino también a las personas privadas de libertad», expuso.

«La constitucionalización del Derecho penal y procesal penal, en resumidas cuentas, significa configurar una política criminal de contención al servicio de la persona humana, vinculando los ejercicios funcionales (…) que evite cualquier género de subjetivismo o arbitrariedad en la actividad persecutoria del delito y durante el proceso que legitima la sanción del mismo», añadió.

El magistrado citó los elementos que deben darse para la existencia de la constitucionalización del derecho penal, entre estos se requiere que el contenido material del texto sustantivo esté dotado de principios y reglas jurídicas por los cuales se establece la regulación, prohibición o permisibilidad de algunas conductas.

Asimismo, que la Constitución sea vinculante para todos los poderes del Estado y los particulares y esté por encima de todas las norma; también asegurar la existencia de órganos y procedimientos que velen por la supremacía del texto constitucional, entre otros.

El magistrado Díaz Filpo indicó que el derecho penal y el derecho procesal penal constitucionalizado persiguen la realización de los fines primordiales del Estado social y democrático de derecho, entre los cuales se encuentran la garantía de la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, asegurar la convivencia pacífica, la vigencia de un orden justo a través del uso proporcionado del poder punitivo estatal dentro del marco del respeto a la dignidad humana como valor supremo, y a la solidaridad.

Expuso que la Constitución dominicana vigente contiene varias disposiciones penales, tanto en el aspecto procesal como sustantivo, y que se otorga categoría constitucional a determinados principios, normas y reglas que por su naturaleza es conveniente que tengan un rango superior a las normas adjetivas o infraconstitucionales.

Díaz Filpo concluyó citando a Gerard Ford, quien afirmó: «La Constitución es la piedra angular de todas nuestras libertades; guárdala y cuídala; mantén el honor y el orden en tu propia casa, y la República perdurará».

Después de la conferencia se desarrolló un panel en el que los jueces del Poder Judicial Claudio Aníbal Medrano y Hardys Willmore King y el catedrático Félix Damián Olivares analizaron el tema expuesto que fue moderado por Félix Tena de Sosa, director técnico del despacho de la procuradora general de la República.

La actividad contó con la presencia de catedráticos, jueces, fiscales, abogados y funcionarios de la provincia.

 

 

Imágenes del evento

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