Magistrado Díaz Filpo dice Constitución está por encima de todas las normas

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Publicación: Lunes 08 de Agosto , 2022 / 02:39 P. M.
Magistrado Díaz Filpo dice Constitución está por encima de todas las normas

Durante su intervención el juez de esta alta corte dijo que la garantía de la Constitución es lo que asegura la existencia de órganos y procedimientos que velen por la supremacía del texto constitucional

SANTO DOMINGO. – El magistrado Rafael Díaz Filpo, primer sustituto del presidente del Tribunal Constitucional (TC), destacó que hoy en día las constituciones son verdaderas fuente de derecho, porque al igual que las demás disciplinas, el derecho penal debe observar las normas, principios y reglas constitucionales.

Díaz Filpo expuso este punto de vista durante la conferencia virtual “La constitucionalización del derecho penal”, que forma parte del Curso Especializado en Argumentación Jurídica, Derecho Constitucional y Procesal Constitucional que organiza  la Sociedad Civil Coffee Law, a cargo de su presidente, Rodolfo Guerrero Martínez, y Daniel Lazo, coordinador general.

Sobre el tema, el magistrado indicó que la constitucionalización del derecho es el fenómeno jurídico que establece que el ordenamiento legal de cualquier país debe estar regido, tanto en su interpretación como en su aplicación, por la carta magna, ya que la norma primaria que debe regular de manera obligatoria es la Constitución.

En mismo contexto,  expresó que la “constitucionalización del derecho” está caracterizada por la materialización del derecho por medio de los principios constitucionales, la garantía jurisdiccional de la Constitución y la importancia de la argumentación.

Durante su intervención el magistrado resaltó que los órganos de garantía constitucional son los encargados del cierre en materia constitucional y de velar por la guarda y supremacía de la Constitución.

“Si la carta sustantiva es norma de normas, creemos que todo el derecho, y en especial el derecho procesal penal y el derecho penal, debe estar sometido a los preceptos constitucionales”, expuso.

Enfatizó que un ejemplo claro de la constitucionalización del derecho penal y sus procesos es que los textos constitucionales contemplan el derecho de cada persona a un juicio público, ante la autoridad competente, con observancia de que las formas de cada caso sean sometidas a juicio ante un tribunal independiente e imparcial.

Garantía de la Constitución

Otro de los criterios manifestados por Díaz Filpo es que el Código Procesal Penal de la República Dominicana contempla entre sus principios rectores el principio de primacía de la Constitución, que establece: “Los tribunales, al aplicar la ley, garantizan la vigencia efectiva de la Constitución de la República y de los tratados internacionales y sus interpretaciones por los órganos jurisdiccionales creados por estos, cuyas normas y principios son de aplicación directa e inmediata en los casos sometidos a su jurisdicción y prevalecen siempre sobre la ley”.

El juez Rafael Díaz Filpo destacó que el artículo 74.4 de la Constitución indica la forma como deben ser interpretadas las normas relativas a los derechos fundamentales; que “en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución”, y que apegado a este principio, el TC aplicó en su sentencia TC/0042/12 el test de ponderación, que consiste en que, frente a un conflicto entre dos derechos, el tribunal aplicaría el derecho más favorable a la persona.

Esta disertación del magistrado Díaz Filpo formó parte de las intervenciones que tuvieron diferentes ponentes internacionales en el Curso Especializado en Argumentación Jurídica, Derecho Constitucional y Procesal Constitucional, de esa institución radicada en Guadalajara, Jalisco, México.

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