Magistrado de Costa Rica destaca mecanismos de garantía de los derechos y libertades

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Publicación: Viernes 13 de Noviembre , 2015 / 04:59 P. M.
Magistrado de Costa Rica destaca mecanismos de garantía de los derechos y libertades

El magistrado Luis Fernando Salazar Alvarado, de la Sala Constitucional de Costa Rica, declaró que para garantizar, mediante los recursos de hábeas Corpus y de amparo, el respeto a los derechos y libertades consagradas en la Constitución Política y en instrumentos internacionales, la Ley de la Jurisdicción Constitucional Nº 7135, del 11 de octubre de 1989, permite la interposición del recurso de amparo contra sujetos de Derecho Privado.

Salazar Alvarado presentó la sexta conferencia: "Eficacia y ejecución de las SentenciasConstitucionales", en el marco de las XXII Jornadas de Derecho Constitucional, celebradas en Santo Domingo del 11 al 13 de noviembre, en el Hotel Sheraton.

El magistrado costarricense dijo que los recursos de amparo y de hábeas corpus representan alrededor del noventa por ciento del circulante de la Sala Constitucional, que ronda los veinte milasuntos anuales.

Manifestó que de ellos, alrededor del ochenta por ciento son declarados con lugar, con efectosvinculantes, según lo dispone el artículo 13, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

“La ejecución de las sentencias condenatorias corresponde a la propia Sala Constitucional, salvoen lo relativo a la liquidación y cumplimiento de indemnizaciones y  responsabilidades pecuniarias, que se hará en la vía contenciosa administrativa o civil, según corresponda, por elprocedimiento de ejecución de sentencia”, manifestó.

Asimismo, dijo que esa normativa dispone que se impondrá prisión de tres meses a dos años, ode veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacercumplir, dictada en un recurso de amparo o de hábeas corpus, y no la cumpliere o no lahiciere cumplir.

“Así,  la  vigencia de  los derechos  y libertades, en un sistema democrático, como elcostarricense, requiere un orden jurídico e institucional en el que las leyes prevalezcan sobre lavoluntad de los gobernantes y los particulares, y en el que exista un efectivo control judicial de laconstitucionalidad y legalidad de los actos del poder público y privado, cuando corresponda”.

El juez constitucional de Costa Rica dijo que en el marco de hacer cumplir las decisiones, en elaño 2009, veinte años después de creada la Sala Constitucional, gracias a valiosas alianzas estratégicas establecidas junto con el Programa Estado de La Nación, del Consejo Nacional deRectores y el Banco Mundial, dio inicio el Programa de Seguimiento de Sentencias.

Informó que esa unidad, perteneciente a la Sala , dará seguimiento a las sentencias de recursos de  amparo y de hábeas corpus declaradas con lugar, a efecto de   comprobar su estado de ejecución y conocer las motivaciones de la administración en caso deincumplimiento.

“De esta forma,  se han desarrollado procedimientos expeditos para la generación depropuestas e información relevante que permiten a la autoridad  recurrida  y  tomadores de decisiones, la adopción de medidas para el efectivo cumplimiento de las sentenciascondenatorias emitidas por la Sala Constitucional.

El Programa de Seguimiento de Sentencias ha logrado que alrededor del ochenta y cinco porciento de las resoluciones condenatorias sean cumplidas facultativamente por la autoridad o persona recurrida, de derecho público o privado.

Imágenes del evento

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