Los presidentes de los tribunales constitucionales de Perú y RD acuerdan extender convenio de colaboración

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Publicación: Viernes 06 de Marzo , 2015 / 06:22 P. M.
Los presidentes de los tribunales constitucionales de Perú y RD acuerdan extender convenio de colaboración

Los presidentes de los tribunales constitucionales de República Dominicana y Perú acordaron extender la vigencia del Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional suscrito el 10 de julio del año 2012 en la ciudad de Lima, Perú, por un período de tres años.

El convenio fue firmado por el presidente del Tribunal Constitucional de República Dominicana, magistrado Milton Ray Guevara, y el presidente del Tribunal Constitucional de la República de Perú, magistrado Óscar Urviola Hani, en la sede provisional del TC dominicano, ubicada en el municipio Santo domingo Oeste de la Provincia Santo Domingo.

En virtud del convenio firmado en 2012, establecieron el marco de las relaciones de colaboración y mecanismos de asistencia técnica en ámbitos jurisdiccionales, administrativos y de transferencia tecnológica.

En los considerandos del acuerdo, se establece que ambos tribunales han ejecutado el Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, dándoles fiel cumplimiento a los compromisos asumidos y que como resultado de la coordinación de esfuerzos y de la transferencias tecnológica del TC peruano, se ha puesto en marcha el Sistema Integrado de Gestión de Expedientes (SIGE-RD) del Tribunal Constitucional de República Domninicana.

La cláusula sexta del Convenio Marco establece su vigencia por un período de tres años contados a partir de su suscripción (10 de julio de 2012).

“El Tribunal Constitucional del Perú y el Tribunal Constitucional de República Dominicana acuerdan modificar la cláusula sexta del Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, a fin de continuar con las excelentes relaciones de colaboración que han desarrollado, extendiendo así la vigencia del acuerdo”, expresa el Addendum que sirve de base a la extensión del convenio.

Indica que todas las demás cláusulas y compromisos pactados por las partes en el Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional y que no han sido modificadas de manera expresa en el presente Addendum, mantendrán el mismo alcance e interpretación que estas le otorgaron originalmente.

“Artículo Único: Las partes acuerdan y reconocen extender la vigencia del Convenio Marco de colaboración Interinstitucional suscrito el 10 de julio de 2012 en la ciudad de Lima, Perú, por un período de tres años, contando a partir del vencimiento del Convenio Marco, esto es, el 10 de julio de 2015” establece el Addendum.

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