Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Neuris Altagracia Cadet contra la Sentencia núm. 033-2021-SSEN 00992, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfacción de todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0109/24). Precedentes constitucionales: se argumenta su vulneración (art. 53.2 LOTCPC; TC/0294/19; TC/0404/14). Derecho al debido proceso: uno de sus pilares es la celebración de un juicio público, oral y contradictorio en el que se garantice la contradicción (TC/0294/19). Derecho de defensa: debe garantizar la presencia procesal de las partes en las etapas del proceso (TC/0404/14). Precedentes constitucionales: no violación. Derechos de defensa y al debido proceso: no vulneración, pues las partes estuvieron presentes durante el proceso. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.