Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Jesús María Jorge Mendoza, Josefina Altagracia Jorge Mendoza, Miguel Antonio Mendoza, Mercedes Altagracia Mendoza, Juan Leónidas Mendoza Marte y Rafael Antonio Mendoza contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-1982, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen parcialmente algunos requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: obligación de hacer constar la o las causales de admisibilidad en un escrito debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0279/15; TC/0055/24). Escrito debidamente motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.