Relativos a los recursos de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuestos por Constructora L y B, SRL y el señor Yunis Juan Mirambeaux Hernández contra la Sentencia núm. 001-022- 2021-SSEN-00851, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad: habilita al tribunal para fusionar los expedientes (TC/0094/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0543/15; TC/0123/18; TC/0109/24; TC/0409/24). Derecho al debido proceso: definición (art. 69 Constitución; TC/0331/14). Derecho a ser juzgado por el tribunal competente: alcance (art. 69.2 Constitución; TC/0206/14). Tribunal colegiado de primera instancia: actuó correctamente al ejercer su competencia, considerando que debía estar compuesto por tres jueces en casos donde la pena excediera los cinco años de prisión (art. 72 CPP). Valoración de las pruebas y los hechos: el tribunal de primera instancia ya se pronunció al respecto. Desnaturalización de los hechos: no se configura. Principios de independencia e imparcialidad: no vulneración. Recurrente: omisión de invocar sanción penal contra el imputado. Objeto de cuestionamiento: no fue invocado oportunamente en las etapas procesales correspondientes, por lo que la Suprema Corte de Justicia no debía pronunciarse (TC/0894/23). Derecho de propiedad: no vulneración (art. 51 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.