Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Alberto Payano Carela, Roberto Ramos Martínez y Francisco Castro Ruiz contra la Sentencia núm. 334-2025-SSEN-00175 dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís el cuatro (4) de abril de dos mil veinticinco (2025).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Vencimiento de plazos: normas de orden público que deben ser examinadas antes de cualquier otro requisito de admisibilidad (TC/0543/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el plazo franco y calendario no comenzó a correr, pues el recurso fue interpuesto antes de la notificación de la sentencia (TC/0143/15; TC/0135/14; TC/01222/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: configuración y alcance (TC/0363/18; TC/0121/13). Sentencia recurrida: carece de la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, pues versa sobre una medida de coerción que puede ser revisada (art. 238 CPP; TC/0107/14). Agotamiento de los recursos: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 53.3.b LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Reyes Torres.