Detalle sentencia TC/1363/25

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Publicación: Martes 09 de Diciembre , 2025 / 07:13 P. M.

Referencia: TC-04-2025-0619

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0827, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.2, 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0409/24). Dirección General de Impuestos Internos (DGII): obligación de presentar las pruebas o documentación de la inconsistencia (art. 1315 CC). Precedente TC/0094/13: aborda la importancia de mantener la continuidad del criterio jurisprudencial, toda vez que cualquier variación del mismo sin una justificación adecuada constituye una violación a los principios de igualdad y de seguridad jurídica. Precedente TC/0094/13: no vulneración, ya que no se ha determinado que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia haya variado su criterio respecto de otros casos. Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: estableció claramente las razones jurídicas y jurisprudenciales de su decisión y de la necesidad de que sea la Administración tributaria la que presente las pruebas de la inconsistencia. Test de la debida motivación: no vulneración. Igualdad de armas: sigue siendo lo más justo e idóneo el criterio que obliga a la Administración Tributaria la presentación de la prueba de las inconsistencias base en la técnica o principio de la carga dinámica de la prueba (art. 1315 CC). Administración tributaria: pretende cobrar más impuestos que los originalmente declarados o pagados por el contribuyente con base en alegadas inconsistencias (TC/0230/24). Presunción de legalidad de los actos administrativos: no exime a la Administración de la carga de la prueba. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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09/12/2025
tc-1363-25-tc-04-2025-0619.pdf
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