Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por Narciso Antonio Corniel Suberví contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0113, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Valoración probatoria: como garantía del debido proceso y la tutela judicial efectiva está reservada a los jueces de fondo (TC/0295/20). Debido proceso: principio jurídico procesal (TC/0331/14; TC/0327/24). Suprema Corte de Justicia: verificó que la sentencia que se le sometía a través del recurso de casación había realizado una correcta ponderación del caso y valoración de las pruebas. Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0202/13). Recurrente: ha estado presente en todos los procesos por los cuales ha transitado su caso y ha tenido asesoría legal. Derecho de defensa: no vulneración. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: carece de objeto. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.