Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por la señora Genara Acosta contra la Resolución núm. 1891, dictada por la Primera Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el catorce (14) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Tutela judicial efectiva y debido proceso: fundamento constitucional (art. 69.4 Constitución). Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0683/24). Recurrente: era de su conocimiento que sus representantes legales habían sido notificados y conocían el día y hora de la celebración de la audiencia del recurso de apelación y no se presentaron a concluir. Derecho de defensa: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Bonnelly Vega.