Detalle sentencia TC/1311/25

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Publicación: Lunes 08 de Diciembre , 2025 / 07:35 P. M.

Referencia: TC-04-2023-0473

Relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional incoado por la sociedad comercial Brugal & Co., S. A., contra la Resolución núm. 001-022-2022- SRES-00959, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de junio de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0247/16; TC/0123/18; TC/0007/12). Recurso de apelación: regulación (arts. 418 y 427 CPP). Actos procesales: deben ser cumplidos en los plazos establecidos por la norma (art. 143 CPP). Recurso de casación: el plazo para recurrir una sentencia penal es hábil. Acto de notificación de la sentencia de apelación: no constituye un documento válido, pues no hay constancia de que el ministerial haya realizado el procedimiento establecido para la notificación en caso de domicilio desconocido. Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata: dio por leída su sentencia, de donde se concluye que esa decisión no fue leída de manera íntegra (art. 335 CPP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se pudo comprobar que las partes estuvieran citadas para la lectura de la decisión. Derecho de defensa: es la posibilidad que tiene la persona de estar presente en todas las etapas del proceso judicial (TC/0404/14). Derecho de defensa: alcance (TC/0034/13). Notificaciones: solo puede tomarse como válida y eficaz si la misma es recibida por la persona a la cual se destina o si es entregada debidamente en su domicilio (TC/0420/15). Emplazamiento: solo es válido cuando es hecho a las partes o en su domicilio ante una nueva instancia judicial (TC/0641/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: las partes en calidad de imputado y en calidad de víctima no estuvieron presentes en la audiencia. Suprema Corte de Justicia: dio por cierta y establecida una actuación procesal que no se produjo. Derecho de acceso a la justicia: vulneración. Derecho al recurso: vulneración. Derecho de defensa: vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía. Voto particular: Reyes Torres.

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09/12/2025
tc-1311-25-tc-04-2023-0473.pdf
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