Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la sociedad comercial Evertsz Autotech, S.R.L. contra la Sentencia núm. SCJTS-22-0508, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito debidamente motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso no está debidamente motivado. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: debe indicarse de manera clara, precisa y directa cómo se verifica la alegada violación enunciada en la sentencia objeto del recurso de revisión. Instancia recursiva: no contiene un mínimo de argumento en el que se fundamente en qué medida la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha vulnerado las garantías y derechos fundamentales. Escrito motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.