Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad y la solicitud de medida cautelar interpuestas por el señor Darío Antonio Cueto Leonardo el párrafo II del artículo 145 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, y el artículo décimo sexto de la Resolución núm. 38-2023, emitida por la Junta Central Electoral.