Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Carmen Denny Rosario Castillo y Víctor Guarionex Cuevas Rijo contra la Resolución núm. 001- 022-2021-SRES-01778 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: realizadas a la persona o al domicilio real de las partes del proceso (TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de procedencia (art. 53.3 LOTCPC; TC/0123/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito de admisibilidad (arts. 53, párrafo, y 100 LOTCPC; TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0489/24). Recurrentes: lo que realmente procuran es la revaloración de hechos y criterios aplicados por la justicia ordinaria. Recurrentes: demuestran su inconformidad o desacuerdo con la decisión a la que llegó la justicia ordinaria respecto de su caso. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se ha suscitado una verdadera discusión relacionada con la protección de derechos fundamentales ni a la interpretación de la Constitución. Especial trascendencia o relevancia constitucional: requisito no satisfecho (art. 53, párrafo LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.