Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Marilyn Peña Castillo contra la Sentencia núm. 839 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0247/16; TC/0143/15; TC/0007/12; TC/0409/24; TC/0489/24). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: emitió una sentencia debidamente motivada y respondió de manera coherente el medio de casación interpuesto por la parte recurrente. Test de la debida motivación: no vulneración. Debido proceso: definición (TC/0331/14). Suprema Corte de Justicia: explicó las razones claras y suficientes del por qué el presente caso debe de ser rechazado, verificándose que la sentencia recurrida no incurre en violación alguna de índole legal o constitucional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Reyes Torres.