Detalle sentencia TC/1114/23

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Publicación: Miércoles 27 de Diciembre , 2023 / 11:36 P. M.

Referencia: TC-07-2023-0036

Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por el Ayuntamiento del municipio de La Vega contra la razón social UNIVERGACOMU DEL CARIBE, S. R. L., respecto de la Sentencia núm. 209-2022-SORD-01100 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Demanda en suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en suspensión: de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender las decisiones a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en suspensión: naturaleza excepcional (TC/0046/13). Demanda en suspensión: objeto (TC/0097/12). Demanda en suspensión: se justifica en casos muy excepcionales (TC/0013/14). Preservación del cuerpo del delito en un proceso penal: criterio (TC/0089/13; TC/0119/17; TC/0312/19). Preservación de la seguridad jurídica y el orden institucional: criterio (TC/0231/13). Ejecución de un astreinte: criterio (TC/0256/13). Demanda en suspensión: se encuentra controvertida la competencia del tribunal que dictó la sentencia de amparo. Incompetencia del tribunal a quo: se considera como un grave vicio que afecta la validez de la decisión (TC/0231/13; TC/0089/16; TC/0281/23). Perjuicio de orden cultural e histórico: no habría forma de reestructurarlo con los mismos materiales con que originalmente se construyó (TC/0330/15). Inmuebles incautados durante un proceso penal: criterio (TC/0008/14). Demanda en suspensión: procede en los casos en que la competencia del tribunal que dictó la decisión haya sido seriamente cuestionada (TC/0231/13; TC/0089/16). Controversia jurisdiccional: causa un daño severo al sistema jurisdiccional, al orden institucional y a la seguridad jurídica. Demanda en suspensión: acoge y suspende. Voto particular: Ray Guevara; Beard Marcos y Castellanos Khoury.

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24/09/2024
tc-1114-23-tc-07-2023-0036.pdf
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