Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, interpuesto por el señor Isael Emilio Burgos Bonilla contra la Resolución núm. 001-022-2021 SRES-01069, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintitrés (23) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdicción. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se alega la violación de un derecho fundamental (art. 53.3 LOTCPC). Requisitos de admisibilidad: se encuentran satisfechos o no satisfechos (TC/0123/18). Requisitos de admisibilidad: se satisfacen de manera parcial (art. 53.3 literales a y b LOTCPC). Tribunal Constitucional: le está vedado estatuir sobre cuestiones de hecho (art. 53.3.c LOTCPC). Tribunal Constitucional: no es una cuarta instancia (TC/0010/13). Imputabilidad de la vulneración al órgano jurisdiccional: requisito no satisfecho (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la violación al derecho fundamental no es imputable de modo inmediato y directo a una acción u omisión del órgano jurisdiccional (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.