Detalle sentencia TC/1100/23

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Publicación: Miércoles 27 de Diciembre , 2023 / 11:36 P. M.

Referencia: TC-05-2015-0316

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Claudio Riggio (a) Espartaco, Miguel Ricart, Regino Álvarez, Casasnovas, Big Francisco Sur, S.A., Inversiones Caribe Mallorca, S.A. y Homosa Dominicana, S.R.L. contra la Sentencia núm. 841/2015, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia el tres (3) de septiembre de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0007/12; TC/0406/14). Juez de amparo: inadmitió la acción por la existencia de otra vía efectiva (art. 70.1 LOTCPC). Juez de amparo: incurrió en una grave errónea aplicación de la causal de inadmisibilidad (art. 70.1 LOTCPC). Juez de amparo: la declaratoria de inadmisibilidad está condicionada a que se identifique a la vía judicial efectiva (TC/0021/12). Juez de amparo: inobservó el precedente constitucional (TC/0021/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible por la existencia de otra vía (art. 70.1 LOTCPC). Jurisdicción contencioso administrativa: vía idónea para la resolución del conflicto. Otra vía: causal de interrupción civil de la prescripción (TC/0344/18). Violación continua: definición y configuración (TC/0205/13). Acto lesivo único: cuya comisión renueva el plazo para las acciones en su contra (TC/0870/18). Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury y Santana de Cabrera.

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17/09/2024
tc-1100-23-tc-05-2015-0316.pdf
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