Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Adalberto Blas Liranzo Jorge y la Clínica Dr. Liranzo, C. por A., contra la Resolución núm. 408/2021, dictada el treinta (30) de septiembre de dos mil veintiuno (2021) por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC; TC/0121/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no procede contra sentencias que no ponen fin al proceso (TC/0198/20). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 53.3.b LOTCPC). Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Santana de Cabrera.