Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Sociedad Dominicana de Productores Fonográficos, Inc. (SODINPRO), contra la parte in fine de los artículos 142 y 143, de la Ley núm. 65-00 sobre Derecho de Autor del veintiuno (21) de agosto de dos mil (2000), modificados por la Ley núm. 424-06 del veinte (20) de noviembre de dos mil seis (2006), y por la Sentencia interpretativa TC/0411/22, del ocho (8) de diciembre de dos mil veintidós (2022).
Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (arts. 185.1 Constitución y 37 LOTCPC; TC/0345/19). Sentencia interpretativa TC/0411/22: interpretación conforme a la Constitución, los artículos 142 y 143 de la Ley núm. 65-00. Tribunal Constitucional: eliminó las estipulaciones que supeditaban el acceso a las prerrogativas consagradas en los artículos 142 y 143 Ley 65-00 (TC/0411/22). Sentencia TC/0411/22: enmienda no deviene en inconstitucional. Texto normativo: no genera desigualdad entre los sujetos beneficiarios (TC/0411/22). Derechos conexos a los derechos de autor: no se configura su vulneración. Seguridad jurídica: no se configura su vulneración. Acción directa de inconstitucionalidad: admite y rechaza. Voto particular: Díaz Filpo.