Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Freddy Zarzuela Cruz contra la Sentencia núm. 271-2023-SSEN-00002, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el dos (2) de febrero del dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 94, 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0406/14; TC/0007/12). Principio de razonabilidad: fundamento constitucional (art. 40.15 Constitución, TC/0044/12). Test de la razonabilidad: aplicación (TC/0266/13). Test de la razonabilidad: requisitos no satisfecho. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al Tribunal para examinar el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de amparo. Asambleas electorales: fundamento constitucional (art. 209 Constitución). Acción de amparo electoral de cumplimiento: falta de objeto. Falta de objeto: constituye un medio de inadmisión (art. 44 Ley 834, TC/0006/12). Principio de supletoriedad: aplicación (art. 7.12 LOTCPC, TC/0166/15). Acción de amparo electoral de cumplimiento: inadmite. Voto particular: Santana de Cabrera.