Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nuris María Beltré Martínez, Norca Beltré Martínez, Tancredo Beltré Martínez y Yisel Beltré Martínez contra la Sentencia núm. 2257/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitucional; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: realizadas a la persona o al domicilio real de las partes del proceso (TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito lo suficientemente fundamentado y motivado (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: cuando se trate de violación de un derecho fundamental, el nivel de argumentación es aún más riguroso (TC/0279/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: desprovisto de argumentos, motivados en forma clara y precisa, que den visos de vulneraciones a la Constitución (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16). Escrito introductorio: no cumple con el mínimo de motivación (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.