Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la razón social Arias Almonte, S.R.L. (ARALCA), contra la Sentencia núm. 0796/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: permite al tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53.3 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Debida motivación: constituye una de las garantías del debido proceso (TC/0009/13). Test de la debida motivación: criterios de aplicación y parámetros (TC/0009/13). Test de la debida motivación: se satisfacen todos los parámetros. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.