Detalle sentencia TC/1019/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 05:10 P. M.

Referencia: TC-04-2022-0128

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Fidel Alberto Tavárez y Guido Orlando Gómez Mazara contra la Sentencia núm. TSE/007/2022, dictada el veintisiete (27) de abril del dos mil veintidós (2022), por el Tribunal Superior Electoral.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: interpuesto por el señor Fidel Alberto Tavárez. Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos: Afiliación exclusiva (art. 7 Ley 33-18). Causa de renuncia automática de afiliación: de un partido, agrupación o movimiento político, el apoyo a otra candidatura contraria (art. 8 Ley 33-18). Recurrente: renunció al Partido Revolucionario Moderno (PRM), mediante declaraciones públicas lo que comportan un hecho notorio. Hechos notorios: definición (TC/0006/18). Inadmisibilidad: todo medio que tienda a hacer declarar al adversario inadmisible en su demanda, sin examen al fondo (art. 44 Ley 834). Falta de calidad: se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: interpuesto por el señor Guido Gómez Mazara. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Debido proceso y tutela judicial efectiva: fundamento constitucional (art. 68 y 69 Constitución; TC/0017/13). Partidos políticos: están sujetos al cumplimiento de las normas relativa a la democracia interna (TC/0441/19). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Derecho a la democracia interna: obligación de publicidad y transparencia (art. 19 Ley 33-18). Omisión de estatuir y desnaturalización de las pruebas: no se configura. Tribunal Superior Electoral: correcta aplicación de la norma. Test de la debida motivación: se satisfacen los parámetros. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Santana de Cabrera.

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30/12/2024
tc-1019-24-tc-04-2022-0128.pdf
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