Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Francisco Manzano R., Salvador Catrain y César Ariel Sánchez contra los decretos núm. 160-20 y 161-20, ambos emitidos por el Poder Ejecutivo el diecisiete (17) de mayo de dos mil veinte (2020) y la Resolución núm. 65-20, emitida por el Congreso Nacional el quince (15) de mayo de dos mil veinte (2020); así como la solicitud de emisión de una sentencia exhortativa y de interpretación aditiva.
Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 36 LOTCPC). Legitimación activa: requisito satisfecho por tratarse de ciudadanos dominicanos que gozan de sus derechos de ciudadanía (arts. 185.1 Constitución; 37 LOTCPC; TC/0345/19). Acción directa de inconstitucionalidad: los actos cuestionados ya se consumaron por lo que no se encuentran vigentes. Tribunal Constitucional: imposibilidad de pronunciarse sobre instrumentos normativos que no tienen efectos jurídicos. Acción directa de inconstitucionalidad: argumentación no clara, especifica y pertinente respecto a la necesidad de emitir una sentencia interpretativa exhortativa (art. 38 LOTCPC; TC/0021/15). Acción directa de inconstitucionalidad: inadmite. Voto particular: Castellanos Khoury; Valera Montero; Bread Marcos y Gil.