Detalle sentencia TC/1000/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 01:28 P. M.

Referencia: TC-05-2024-0076

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la entidad Banco de Ahorros y Crédito COFACI, S.A., contra la Sentencia núm. 546- 2022-SSEN-00122, dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo el veintitrés (23) de septiembre del dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se encuentran satisfechos todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0109/24; TC/0404/14; TC/0007/12). Intervención de un tercero en el marco de un proceso penal: puede hacer su reclamo conforme a las reglas de la intervención establecidas por el derecho común. Juez de la instrucción: le corresponde decidir sobre la devolución de bienes incautados en el marco de un proceso penal (art. 73 CPP). Tribunal Constitucional: ha implementado la técnica de suplencia o sustitución de motivos con miras de proveer la argumentación jurídica necesaria a los fines de salvar un fallo atinado (TC/0523/19). Acción de amparo: al interponerla, el proceso penal se encontraba en fase de juicio, por lo que el juzgado de instrucción ya se había desapoderado del proceso penal. Otra vía judicial efectiva: tribunal penal que se encuentre apoderado del proceso penal. Debido proceso y tutela judicial efectiva: no se configura su vulneración. Acceso a la justicia: no se configura su vulneración. Juez de amparo: decidió correctamente al declarar inadmisible la acción de amparo, por existencia de otra vía judicial más efectiva (art. 70.1 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos.

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30/12/2024
tc-1000-24-tc-05-2024-0076.pdf
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