Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Rubí Santos Noesí Tejada contra la Sentencia núm. 033-2020-SSEN00210, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintiocho (28) de febrero del dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0053/13; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0409/24). Tribunal Constitucional: prohibición de examinar los hechos y las pruebas (TC/0037/13). Tribunal Constitucional: la excepción a la prohibición de examinar las pruebas es su desnaturalización (TC/0058/22). Falta de estatuir: definición y alcance (TC/0758/17). Derecho al debido proceso: configuración (TC/0324/16). Test de la debida motivación: se configura su vulneración, pues el segundo medio de casación fue contestado erróneamente por la Suprema Corte de Justicia (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: incurrió en una falta de omisión de estatuir. Derecho al debido proceso: vulneración (art. 69 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.