Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Manuel Óscar Peña Jiménez contra la Sentencia núm. 547-2022-SSEN00058, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo el siete (7) de junio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se encuentran satisfechos todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0007/12). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Solicitud de devolución de arma de fuego: procedía la aplicación del artículo 103 de la Ley núm. 137-11. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: cuando ha sido desestimada por el juez apoderado no podrá llevarse nuevamente ante otro juez (art. 103 LOTCPC; TC/0046/19). Cosa juzgada: definición (art. 1351 CC). Autoridad de cosa juzgada: no tiene lugar sino respecto de lo que ha sido objeto de fallo. Acción de amparo: inadmisible.