Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores César V. Polanco Reynoso y Alan Solano Tolentino por omisión legislativa del artículo 75, numeral 4), de la Constitución dominicana.
Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Acción directa en inconstitucionalidad: objeto del control concentrado (art. 36 Constitución). Omisión legislativa absoluta: escapa del control concentrado de la acción directa de inconstitucionalidad (TC/0487/24). Principio del stare decisis: aplicación. Principio del stare decisis: en su dimensión vertical, la fuerza vinculante de las decisiones del Tribunal Constitucional se impone acorde a los términos del artículo 184 de la Constitución. Acción directa de inconstitucionalidad: inadmite. Voto particular: Bonnelly Vega y Ayuso.