Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Johanis Altagracia Paulino Amador contra la Resolución núm. 033-2022- SRES-00205, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16). Recurrente: se limita a indicar la relación de los hechos, sin desarrollar ni explicar de manera clara y precisa cómo el órgano jurisdiccional mediante la decisión impugnada vulnera derechos fundamentales. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite