Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Yenniz Joselín Báez Agramonte contra la Sentencia núm. TSE/1687/2023, dictada por el Tribunal Superior Electoral el dieciséis (16) de mayo de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante un escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0392/22; TC/0055/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se debe expresar de forma clara y precisa los perjuicios ocasionados. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: carece de motivación. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Santana de Cabrera, Beard Marcos, Díaz Inoa y Gil.