Detalle sentencia TC/0967/24

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Publicación: Lunes 30 de Diciembre , 2024 / 12:37 P. M.

Referencia: TC-05-2022-0287

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Aylem Denisse Guerrero Reyes contra la Sentencia núm.0030-02-2022-SSEN00037, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el dos (2) de febrero de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0007/12). Sentencia unificadora: acción de amparo no es la vía idónea para tutelar los derechos de los policías y militares desvinculados (TC/0235/21). Jurisdicción contenciosa administrativa: vía judicial efectiva (TC/0235/21). Acción de amparo: aplicabilidad del precedente en el caso concreto (TC/0235/21). Otra vía judicial efectiva: causal de inadmisibilidad de la acción de amparo (art. 70.1 LOTCPC). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: aplicación (TC/0071/13). Acción de amparo: causales de inadmisibilidad (art. 70 LOTCPC). Declaración de lesividad de actos favorables: fundamento legal (art. 45 Ley 107-13). Acción de lesividad: figura jurídica que basa su fundamento constitucional en el principio de legalidad y en la prevalencia constitucional. Actos administrativos: podrá concedérseles motivadamente efecto retroactivo solo cuando produzcan efectos favorables y sus presupuestos de hecho y derecho se dieran ya en la fecha a la que se retrotraiga la eficacia del acto (art. 3.13 Ley 107-13). Actos administrativos: componente esencial de la actividad de la administración y de la tutela de los derechos de los administrados (TC/0224/14; TC/0094/14). Principio de seguridad jurídica: definición (TC/0100/13). Jurisdicción contenciosa administrativa: competente para conocer acción de lesividad (art. 139 Constitución; TC/0009/15). Ejército Nacional: obró incorrectamente al anular un acto administrativo, vulnerando el derecho de defensa de la accionante. Derecho al debido proceso: se configura su vulneración. Astreinte: naturaleza, finalidad y beneficiario (TC/0438/17). Acción de amparo: acoge, ordena e impone astreinte. Voto particular: Santana de Cabrera.

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30/12/2024
tc-0967-24-tc-05-2022-0287.pdf
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