Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por José Manuel Mateo y Ana Andaluz Pérez Paredes, contra la Sentencia TSE/4403/2022, dictada por el Tribunal Superior Electoral el veintisiete (27) de diciembre de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1 y 53.3 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0007/12). Tribunal Superior Electoral: competencia. Actas de matrimonio: regulación (arts. 75 y 76 CC). Matrimonio: formalidades (art. 1394 CC). Derecho de familia: configuración (art. 55.2 Constitución). Cambio de régimen matrimonial: no puede ser ni modificada ni perseguida mediante una solicitud de rectificación de acta del Estado Civil (TC/0061/24). Derechos de la familia: no se configura su vulneración (TC/0634/18; TC/0217/22). Tutela judicial efectiva y debido proceso: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos.