Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Pedro Arias, Alsenio Arias Valdez y Álvara Arias Valdez contra la Sentencia núm. 2590/2021 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (arts. 54.5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurso fue interpuesto fuera de plazo (TC/0372/20; TC/0032/21). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible por extemporáneo. Voto particular: Beard Marcos.