Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la razón social Dominican Watchman National, S. A., contra la Sentencia civil emitida por la Primera Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de septiembre del dos mil once (2011).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Tribunal Constitucional: recalifica la nomenclatura del recurso acorde a su verdadera naturaleza. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC). Recurrente: no ofrece ninguna explicación de cuáles fueron las violaciones a derechos fundamentales en que incurrió el tribunal a quo. Déficit argumentativo: se configura (TC/0369/19). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: carece de las argumentaciones jurídico-fáctico directas de donde quede sustentada la causal por la cual se somete a la revisión constitucional. Escrito motivado: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: carece de objeto.