Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Ramón Antonio Martínez contra la Sentencia núm. 030-02-2023-SSEN00081, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de febrero de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96, 98 y 100 LOTCPC; TC/0007/12 y TC/0080/12). Juez de amparo: advirtió correctamente la vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad, trabajo y tutela judicial efectiva (arts. 39, 62 y 69 Constitución). Juez de amparo: debió ordenar a la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas readecuar las pensiones del accionante (art. 166 Ley 139-13; TC/0590/19; art. 165 Ley 139-13) conforme con la Constitución (TC/0399/22). Derechos adquiridos: garantía legal constitucionalmente válida (art. 165 Ley 139-13). No adecuación de las pensiones: disposiciones legales incumplidas (arts. 165 y 178 Ley 139-13). Acción de amparo de cumplimiento: procedencia. Tribunal Constitucional: impone una astreinte en favor del accionante (TC/0438/17). Voto particular: Díaz Filpo.