Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Primero Justicia, Inc., contra los artículos 80, párrafo IV y 164 de la Ley núm. 275-97, Electoral de la República Dominicana, y las Resoluciones números 06-2009, del cuatro (4) de mayo del dos mil nueve (2009) y 63-2010, del veintinueve (29) de marzo del dos mil diez (2010), dictadas por la Junta Central Electoral (2010).