Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Elvis José García Hiciano, Bladimir Andrés García Jiménez, Melva Antonia García, Bella Marilin García Jiménez, Jamlet Leonel García Jiménez y Kenia Aniurka García Jiménez contra la Sentencia núm. 229- 2023-SSEN-00003, dictada por el Tribunal Unipersonal de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez el nueve (9) de febrero de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Devoluciones de bienes incautados: competencia del juez de instrucción (art. 190 CPP; TC/0041/12). Juez de amparo: incurrió en un error in procedendo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: aplicación (TC/0071/13). Acción de amparo. Juez de la Instrucción: competencia (TC/0041/12). Otra vía efectiva: causal de la interrupción civil (TC/0358/17). Otra vía efectiva: se configura. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrado Castellanos Khoury.