Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Erasmo Javier Domínguez contra la Sentencia núm. 2279, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53.3 a, b y c; 100 LOTCPC; TC/0143/15, TC/0007/12). Suprema Corte de Justicia como Corte de Casación: sólo puede ponderar las violaciones a la ley que sean expresamente propuestas por la parte recurrente. Suprema Corte de Justicia como Corte de Casación: está vedada de responder medios que no hayan sido invocados formalmente por las partes ante los jueces de fondo. (TC/0122/15). Recurso de casación: no permite cuestionar valoraciones probatorias relativos a medios nuevos que no fueron expuestos en apelación (TC/0264/16). Test de la debida motivación: parámetros y aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Vásquez Samuel, Castellanos Pizano y Castellanos Khoury.