Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Soledad Colomé y compartes contra la Sentencia núm. 428, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el trece (13) de junio de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (arts. 54.1, LOTCPC; TC/0143/15; TC/0007/12). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la mera aplicación de la ley no implica violación a derechos fundamentales (TC/0016/17, TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: verificar el agotamiento de un plazo no suscita una violación a derechos fundamentales. Suprema Corte de Justicia: se limitó a aplicar la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrados Vásquez Samuel, Santana de Cabrera, y Castellanos Pizano.