Detalle sentencia TC/0888/24

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Publicación: Lunes 23 de Diciembre , 2024 / 08:20 P. M.

Referencia: TC-04-2023-0465

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora María Teresa de Jesús Herrero Romero contra la Sentencia núm. 1567, dictada el treinta (30) de agosto del dos mil diecisiete (2017), por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53.3 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0007/12). Derecho de defensa: circunstancias para que se verifique su vulneración (TC/0202/13). Derecho de defensa: limites (TC/0034/13). Derecho a un juicio público, oral y contradictorio: pilar del debido proceso (TC/0006/14). Suprema Corte de Justicia: correcta interpretación y aplicación de la norma (art. 2271 CC). Debida motivación: garantía del debido proceso (TC/0017/13). Test de la debida motivación: criterios (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Casación:  recurso extraordinario mediante el cual la Suprema Corte de Justicia examina si la ley ha sido bien o mal aplicada (TC/0102/14). Suprema Corte de Justicia: no puede cuestionar la valoración de la prueba que hagan los jueces que conocen del fondo del caso (TC/0202/14). Derechos fundamentales: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.

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24/12/2024
tc-0888-24-tc-04-2023-0465.pdf
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