Detalle sentencia TC/0875/24

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Publicación: Viernes 20 de Diciembre , 2024 / 11:47 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0558

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Ángel Remigio Rodríguez López y Dulce María González de Rodríguez contra la Sentencia núm. SCJ-PS-23-2166, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0007/12). Omisión o falta de estatuir: surge cuando un tribunal no responde a las conclusiones formuladas por las partes (TC/0578/17). Embargo inmobiliario: plazo para recurrir (art. 14, párrafo V, Ley 2-23). Demandas incidentales: noción (art. 168, párrafo II, Ley 189-11). Embargo inmobiliario: agilidad del proceso (TC/0181/24). Recurrente: tomó conocimiento de las decisiones rendidas. Suprema Corte de Justicia: verificó y estableció de manera correcta la aplicabilidad de la ley (arts. 14, párrafo V, Ley 2-23; y 168, párrafo II, Ley 189-11). Recurso de casación: el plazo para su interposición se encentraba vencido. Tribunal Constitucional: al revisar una sentencia, no puede entrar a valorar las pruebas y los hechos de la causa (TC/0327/17). Suprema corte de justicia: correcta aplicación de la norma. Derechos fundamentales: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.  Voto particular: Beard Marcos.

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21/12/2024
tc-0875-24-tc-04-2024-0558.pdf
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