Detalle sentencia TC/0849/24

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Publicación: Viernes 20 de Diciembre , 2024 / 10:29 P. M.

Referencia: TC-01-2024-0022

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Red Nacional de Jueces, representada por su presidente, la magistrada Yokaurys Morales Castillo, contra la segunda resolución del Acta núm. 02-2022, emitida por el Consejo del Poder Judicial el primero (1ro) de febrero del año dos mil veintidós (2022), que aprueba el Manual de Compensaciones y Beneficios del Poder Judicial.

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Vicios: tipos (TC/0421/19; TC/0418/15). Acción directa de inconstitucionalidad: vicio de fondo. Irregularidades de fondo que afectan la validez del acto: la falta de capacidad para actuar en justicia (art. 39 Ley 834). Tutela judicial efectiva y la accesibilidad a la justicia constitucional: criterio (TC/0264/20). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (arts. 185.1 y 37 LOTCPC; TC/0345/19). Legitimación activa: requisito satisfecho. Acción directa de inconstitucionalidad: el escrito introductorio debe contener claridad, certeza, especificidad y pertinencia (art. 38 LOTCPC; TC/0150/13). Derecho al trabajo: desigualdad (art. 62.9 Constitución). Principio de irretroactividad de la ley: fundamento (art. 110 Constitución). Congreso nacional: atribuciones (art. 93 Constitución). Consejo del Poder Judicial: funciones (art. 153 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: limitación de hacer simples alegaciones de contrariedad al derecho (TC/0013/12). Control de legalidad: configuración (TC/0115/13). Acta núm. 02-2022: procura el respeto a los derechos adquiridos de los servidores judiciales. Acta núm. 02-2022: no fomenta la desigualdad o desproporcionalidad entre los miembros del Poder Judicial. Derechos del trabajador judicial: no se configura su vulneración. Principio de irretroactividad de la ley: máxima expresión de la seguridad jurídica (art. 110 Constitución; TC/0013/12; TC/0358/18). Acta núm. 02-2022: respeta los derechos adquiridos y las condiciones salariales adoptadas con anterioridad. Consejo del Poder Judicial: tiene potestad reglamentaria (TC/0286/21). Preceptos y principios de la carta fundamental: no se configura su vulneración. Acción directa de inconstitucionalidad: admite, rechaza y declara conforme con la Constitución.

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21/12/2024
tc-0849-24-tc-01-2024-0022.pdf
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